Condenan a funcionaria municipal por fraude al fisco en el programa Quiero Mi Barrio
ILÍCITOS. El Tribunal declaró culpable del delito penal a la periodista de iniciales L.B.R.F. por el pago de deudas personales con fondos públicos y utilizar su cargo de encargada de la iniciativa en 2017. El defensor destacó que la trabajadora edilicia fue absuelta de gran parte de lo que se le imputaba, por lo que analizan presentar un recurso de nulidad.
A541 días de presidio menor en su grado medio, inhabilidad absoluta temporal para ejercer cargos, empleos y oficios públicos, además de multas, fue la condena que recibió la funcionaria municipal identificada con las iniciales L.B.R.F., tras ser declarada culpable como autora del delito consumado de Fraude al Fisco previsto y sancionado en el Código Penal.
La sentencia, emitida por el Tribunal Oral en lo Penal de Osorno, está asociada al hecho ocurrido en 2017 cuando era encargada en la Municipalidad de Osorno del programa Quiero Mi Barrio, momento donde, gracias a su cargo, accedió a fondos públicos que utilizó para pagar una deuda personal, en perjuicio del Fisco.
También el fallo, conocido el pasado 10 de junio, da cuenta que la periodista fue absuelta de la autoría de una serie de conductas e irregularidades que supuestamente habría realizado ese mismo año, que le daría la calidad de delito reiterado.
El Ministerio Público inició una investigación en 2017 tras una denuncia recibida por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) por eventuales irregularidades en la administración de recursos y la ejecución de la iniciativa en Osorno. En agosto de 2019, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) presentó una querella contra la hoy condenada funcionaria, basados en una serie de antecedentes acumulados tras una investigación realizada por la Contraloría (indagación especial N°224) cuyos resultados eran concluyentes frente a las faltas administrativas cometidas durante el desarrollo del Quiero Mi Barrio por la aún trabajadora de la Unidad de Comunicaciones del municipio de Osorno.
A raíz de esta situación, el Minvu mantuvo congelada a la Municipalidad de Osorno para realizar la postulación de cualquier iniciativa asociada al Quiero Mi Barrio entre 2017 y 2020, cuando la casa edilicia tuvo que restituir 14 millones de pesos al ministerio para saldar la deuda generada por los recursos que no pudieron ser rendidos adecuadamente.
Sentencia
El documento, disponible públicamente en la página del Poder Judicial, indica textual que "en ejercicio de su cargo, simuló una actividad en el programa, importando engaño, logrando la disposición de fondos a un tercero, a efectos de saldar una deuda personal. Así, se configuró la conducta típica exigida, mediante un ardid, logrando a través de faltas a la verdad engañar a la Consultora para la transferencia y al productor del evento para considerar el ítem de honorarios en su boleta electrónica; de esta forma, aparentando una actividad que no se había realizado, logró obtener fondos públicos para solucionar su deuda personal. Así, también se observó el requerimiento de un perjuicio al fisco. La conducta se ejecutó con dolo directo, ya que (L.B.R.F.) conocía la conducta prohibida y la realizó, voluntaria e intencionalmente, en conocimiento de ilicitud y consumando la conducta prescrita importando lesión al bien jurídico protegido del correcto desempeño de la función pública".
La condena considera 541 días de presidio menor en su grado medio, pero dado que la imputada no cuenta con condenas previas, el tribunal dispuso sustituir la pena por la de remisión condicional. Esto es vigilancia y controles permanentes por parte de Gendarmería durante el tiempo que dure la condena. Además, se dictó la inhabilitación absoluta temporal para cargos, empleos u oficios públicos por cinco años y un día, sumado a la suspensión general de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. Ambas inhabilidades por su responsabilidad como autora de un delito consumado de Fraude al Fisco.
A esto se agrega que se acogió la demanda civil, donde la sentencia señala la "obligación de indemnizar al Fisco de Chile, por su responsabilidad civil como autora de un hecho ilícito doloso que ocasionó perjuicio". Los montos económicos involucrados parten en 850 mil pesos, que es la deuda cancelada con recursos fiscales, más intereses acumulados desde 2017 en adelante, entre otros.
Reacciones
Daniel Medina, abogado del Consejo de Defensa del Estado que intervino en el juicio oral, manifestó que "se dio por establecido que en este caso se ejecutaron acciones por la funcionaria pública que constituyen actos de corrupción administrativa, atentando contra el patrimonio fiscal y el correcto desempeño de la función pública, configurándose el delito de Fraude al Fisco. Además, valoro positivamente que se haya hecho lugar a la demanda civil interpuesta contra la acusada, obligándola a reparar el perjuicio fiscal".
Agregó que el CDE interviene en estos procesos jurídicos debido a "la gravedad de los hechos en cuanto afectan al bien jurídico comprometido consistente en la probidad o actuar leal y honesto en el ejercicio de la función pública".
Iván Cárdenas, abogado defensor privado de la empleada municipal, precisó que desde el punto de vista penal, el resultado del juicio es positivo. "Con la condena que recibió mi representada, se aseguró al menos una pena sustitutiva pudiendo cumplir en libertad la condena de 541 que se le impuso. Con eso quedamos parcialmente satisfechos, ya que lo ideal hubiese sido la absolución total, pero el tribunal entregó sus razones de condenar y es lo que estamos revisando a ver si es posible revertir o no mediante un recurso de nulidad", dijo el abogado.
Pueden presentar el recurso hasta las 23.59 horas del 20 de junio en las cortes de Apelaciones o Suprema, dependiendo de la materia utilizada en la argumentación (nulidad de sentencia total o parcial, o de juicio), para lo cual el Tribunal de Alzada tendrá un plazo acotado para su pronunciamiento. De lo contrario, la sentencia quedará firme y ejecutoriada, dado que jurídicamente no existen reclamaciones posteriores. Esto significa que deberá darse curso al cumplimiento de cada una de las condenas establecidas en el fallo dentro de los siguientes 5 días hábiles.
Dado el escenario judicial que enfrenta la funcionaria de Comunicaciones del municipio, el alcalde Emeterio Carrillo precisó que mientras la sentencia no esté firme y ejecutoria, es decir, no existan instancias judiciales de apelación para la condenada, "el municipio no puede ejercer ninguna acción, que es lo que estipula la ley vigente. De momento sigue en la misma unidad donde se desempeña, pero cumpliendo labores administrativas menores, lo que se mantendrá realizando hasta que se conozca la sentencia final y donde claramente se dará cumplimiento a lo que se indique".