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ciudadanía podrá participar activamente y realmente en la realización de una constitución. Ese factor hace predecible que la votación sea histórica y supere el 60 o 70 por ciento de personas sufragando", explicó González.

Según la proyección dada por el académico, en la provincia se debe superar ampliamente el 40% de participación electoral (97.337 personas) registrada para las elecciones presidenciales y parlamentarias del 2017, cuando el padrón provincial era de 210.172 habilitados.

Para el plebiscito nacional anterior al constituyente que se avecina, que fue celebrado el 5 de octubre de 1988, para definir la continuidad o no del régimen militar, a nivel nacional votaron 7 millones 435 mil 913 chilenos, de los cuales el 41,94% (3 millones 119 mil 100 votos) respaldó la opción SÍ y por el NO el 53,36 % (3 millones 967 mil 569 votos) y hubo 183.980 abstenciones.

Los resultados significaron la transición a la democracia iniciada el 11 de marzo de 1990, cuando asumió Patricio Aylwin como Presidente.

Gerardo González agregó que la pandemia será un factor que cruzará el proceso, pero que no disminuirá el interés de ser parte activa de un momento histórico, lo que se puede percibir a través de las distintas encuestas, estudios e instancias de participación ciudadana.

"La gente comenzó este proceso en octubre del año pasado porque tiene claridad que es necesario cambiar muchos aspectos que han ido en desmedro de los ciudadanos y que la única forma es una nueva carta magna que incluya aspectos que en la actual no aparecen, como los derechos humanos, reconocimiento a pueblos indígenas, entre otros", comentó el académico de ULagos.

Espacios públicos

El miércoles 26 comenzó el periodo oficial de propaganda electoral con miras al plebiscito del 25 de octubre, donde el Servel autorizó 64 espacios públicos en la provincia para que los comandos del Apruebo y Rechazo puedan divulgar sus campañas a través de la instalación de afiches, carteles y palomas en avenidas, plazas, parques, entre otros puntos acotados y definidos en cada comuna.

En el caso de Osorno, son 15 zonas públicas; en Purranque (13); Puerto Octay (9); Río Negro, Puyehue y San Juan de la Costa cuentan con 7 espacios cada una, mientras que en San Pablo hay 4. A nivel país son 2.915 puntos públicos dispuestos, de los cuales 259 están en la Región de Los Lagos.

La pandemia ha obligado a los comandos a modificar la planificación inicial para entregar sus argumentos a la ciudadanía, enfocándose en plataformas virtuales y redes sociales para concretar reuniones online, entre otras acciones, que reemplazaron al despliegue en barrios, reuniones masivas y trabajo presencial.

La crisis sanitaria del coronavirus también mantiene en pausa el uso de los 7.300 metros cuadrados disponibles en espacios públicos en la provincia, los que están distribuidos entre 100 y 200 metros totales por punto, para colocar propaganda en primer lugar el Apruebo, luego Rechazo, seguido de Convección Mixta Constitucional y Convención Constitucional.

Así lo explicaron los representantes de los distintos partidos políticos pertenecientes al Apruebo o Rechazo, quienes aseguran que es fundamental mantener y respetar las medidas sanitarias dispuestas por las autoridades de salud para evitar la propagación del covid-19 en la comunidad.

Por esta razón, a diferencia de campañas anteriores, no se ha visto ningún tipo de propaganda instalada en espacios públicos, ya que requiere de personas que las hagan, instalen, retiren y cuiden, lo que significa un riesgo en tiempos de pandemia. Lo mismo ocurre con brigadistas recorriendo las calles para entregar material.

7.300 metros cuadrados lineales están disponibles en la provincia para la instalación de propaganda electoral con miras al plebiscito para una Nueva Constitución, que será el 25 de octubre próximo.

25 de octubre es la fecha para realizar el plebiscito nacional por una Nueva Constitución que inicialmente estaba decretado para el 26 de abril, pero fue pospuesto por la pandemia del covid-19.

142.947 personas en Osorno podrán ejercer su derecho a voto en el plebiscito constituyente de octubre próximo, siendo la comuna con la mayor nómina habilitada por el Servel en la provincia.

El derecho a voto de los infectados por covid-19

Pedro Díaz Polanco*
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Respecto a la implementación de lo que será el plebiscito, un aspecto del proceso que ha generado tensión importante es aquella que refiere al derecho a voto de las personas que están contagiadas con el covid-19, así como también el de sus contactos estrechos.

La visión que defiende el gobierno, en acuerdo con el Servel, establece que estas personas no podrán acudir a las urnas. Lo anterior, en aras de resguardar la salud de aquellos que no están contagiados. A su vez, y como complemento a su argumento, el gobierno y el Servel han señalado que el escaso tiempo que resta para la materialización del plebiscito impide la implementación de acciones y nuevas medidas que permitan resguardad el derecho que tienen todos a participar en la vida política de su país.

Ante esto, resulta importante realizar algunas consideraciones. La posición del gobierno y del Servel es lógica, ya que la salud y la vida son imperativos que condicionan la efectividad de otros derechos.

No obstante, el segundo argumento desnuda la irresponsabilidad del gobierno, la oposición y del Servel en lo que respecta a la ausencia de una "reflexión" oportuna sobre los alcances que tendría la pandemia sobre el derecho al voto.

A casi 2 meses que se lleve a cabo el plebiscito, habiéndose postergado en abril, y sabiéndose la alta tasa de contagiosidad que tiene el covid-19, resulta inexcusable que la discusión relativa al sufragio domiciliario no se haya llevado a cabo con la rigurosidad y seriedad que el proceso amerita, evidenciándose -nuevamente- algunas de las causas por las que la ciudadanía ha perdido la confianza en la clase política.

Atendiendo a que potencialmente se puede desarrollar en un contexto social de incerteza sanitaria producto de la pandemia, es que se hace imprescindible que la discusión sobre el voto electrónico, voto domiciliario, voto delegado y el voto por carta se lleve a cabo sin el clásico egoísmo que se observa en los cálculos electorales que impregnan la toma de decisiones políticas. Así, entonces, y atendiendo a que una enfermedad -a excepción de la interdicción por demencia- no debiera condicionar los derechos ciudadanos, es de esperar que la clase política inicie esta discusión teniendo siempre presente que debe implementar medidas que aseguren el derecho al voto de las personas en virtud que está reconocido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en nuestra Constitución.

*Director de Escuela Administración Pública, U. Austral de Chile