Corte ordena a centro de formación técnica autorizar rendición de examen a estudiante con deuda
DICTAMEN. La primera sala del tribunal de alzada acogió la acción tras establecer el actuar ilegal del establecimiento al vulnerar el derecho de igualdad ante la ley.
La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso de protección interpuesto por un alumno de la carrera de Tecnología Pecuaria del Centro de Formación Técnica Inacap de Osorno y dejó sin efecto la decisión de la casa de estudios que le negó la inscripción para rendir el examen final de competencias, por mantener una deuda de aranceles.
En fallo de mayoría, la primera sala del tribunal de alzada acogió la acción tras establecer el actuar ilegal del establecimiento al vulnerar el derecho de igualdad ante la ley.
"Que, en consecuencia, la Ley Nº 21.091 sólo resulta aplicable a los nuevos contratos que se suscriban entre los alumnos y la institución recurrida (con posterioridad a su entrada en vigencia) y, por ende, el recurrente tiene el derecho a completar su proceso de titulación, pese a la existencia de una deuda por concepto de arancel", sostiene el fallo.
Ilegal
La resolución agrega que: "(…) en las circunstancias antes indicadas, la negativa de la recurrida a acceder a la petición del recurrente en orden a completar su proceso de titulación aparece como ilegal, por contravenir los artículos 3 y 4 de la Ley Nº 20.370; y, además, por hacer aplicable al contrato de prestación de servicios educacionales disposiciones de la Ley 21.091 -texto legal que no opera de manera retroactiva-, así como un reglamento interno de la propia institución que contradice la Ley 20.370, afectando la garantía de la igualdad ante la ley contemplada en el artículo 19 Nº 2 de la Constitución Política de la República".
Por tanto, el tribunal resolvió que "se acoge, sin costas, el recurso de protección interpuesto, solo en cuanto el Centro de Formación Técnica deberá permitir al actor rendir el examen final de competencias, siempre que reúna los requisitos correspondientes, no pudiendo condicionar la titulación al pago o garantía de obligación alguna, en particular, por concepto de deuda por arancel".
Art. 19 número 2 de la Constitución Política de la República contempla la garantía de igualdad ante la ley.