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En Puyehue serán tres locales de votación, con 30 mesas y 150 vocales para 11.806 votantes, mientras que en San Pablo son 3 recintos de votación, 27 mesas y 135 vocales para 10.198 electores.
Según lo informado por el presidente del Consejo Directivo del Servel, Andrés Tagle, para el Plebiscito Constitucional la asignación a los locales se hizo en base al domicilio electoral registrado en el Servel por el elector y en la gran mayoría de los casos disminuyó en 50% la distancia promedio de los electores georreferenciados a sus locales de votación.
"No tenemos la capacidad de conocer otros domicilios que los electores no nos hayan informado. Es importante señalar también que cerca de un millón de electores cambiaron su domicilio entre el 1 de enero y 1 de mayo de este año, respondiendo a la campaña del Servicio Electoral. Los electores no georreferenciados fueron asignados preferentemente al mismo local en que votaron en la elección de noviembre y diciembre del año pasado. En algunos casos se hicieron cambios, dependiendo de la capacidad del local para recibir más electores y su disponibilidad para el próximo plebiscito", dijo Tagle.
Todos estos cambios están asociados a la Ley 21.385, que modificó la forma de asignar los electores a los locales de votación, la cual fue aprobada el año pasado y en abril de este año se estableció la reforma constitucional que permite sea aplicable para el referéndum de septiembre. Las mesas tendrán una nueva nomenclatura, ahora van del número 1 en adelante, en cada circunscripción electoral, sin las letras V o M, siendo los electores asignados a las mesas de su local en forma alfabética.
"Es seguro para todos los electores que su mesa tiene un nuevo número y es muy probable que esté en un nuevo local (…). Creemos que se ha logrado un importante avance en cuanto al objetivo de asignar a la mayoría de los electores locales de votación más cercanos a su domicilio. El Servicio Electoral ha hecho un gran esfuerzo y esperamos, en las próximas elecciones, continuar mejorando tanto en ubicación de los locales como en la cantidad de electores georreferenciados", enfatizó el presidente de Servel.
El llamado es a verificar el número de mesa y local de votación ingresando a la página www.servel.cl, donde estará el icono "consulta de datos". Ahí se debe ingresar el número de cédula de identidad (Rut).
Vocales de mesa
El Servel dio a conocer ayer los listados en todo el país de personas que deberán cumplir las funciones de vocales de mesa en las elecciones del 21 de noviembre. Todos quienes fueron llamados, pero no pueden participar, podrán presentar sus excusas entre el martes 16 y jueves 18 de agosto.
La normativa establece como causales válidas para eximirse de cumplir como vocal de mesa a personas mayores de 60 años, mujeres embarazadas, padre o madre de menor de dos años al día de las elecciones, cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, estar radicado en una localidad a más de 300 kilómetros de distancia del local de votación, funcionarios de establecimientos hospitalarios, entre otros.
Las causales de excusa para desempeñar las funciones de vocal de mesa receptora de sufragios o miembro del Colegio Escrutador podrán ser acreditadas a través de certificados médicos, certificados de nacimiento, copias de cédulas de identidad y otros documentos que sean admisibles por las Juntas Electorales, según la naturaleza o tipo de causal invocada por el elector.
La documentación debe presentarse ante las Juntas Electorales correspondientes, cuyos datos están disponibles a través de la página web www.servel.cl/juntas-electorales.cl. Quienes tengan dudas pueden visitar el sitio web www.consulta.servel.cl o llamar al 600 6000 166. La gran mayoría de los vocales asignados para los comicios de septiembre son los mismos ya designados el año pasado, que ejercieron el cargo y tienen nombramiento vigente. La ley les fija un período de 4 años.
Quienes incumplan y no concurran a sus funciones, arriesgan multas que oscilan entre 2 y 8 UTM (de $117.544 a $470.176).
216.050 personas están habilitadas para sufragar en la provincia de Osorno en el referéndum del 4 de septiembre, que traerá de vuelta el voto obligatorio. que se aprobó en octubre del año pasado, que modificó la forma de asignar a los electores a los locales de votación para permitir acercarlos a su domicilio.
21.385 es la ley se realizará el plebiscito constitucional que permitirá que la ciudadanía decida en las urnas si aprueban o rechazan la propuesta de Nueva Carta Magna.