Créditos con garantía estatal para empresas se entregan desde hoy
PYMES. Pueden acceder empresas con ventas inferiores a 1 millón de UF.
Una de las medidas para ayudar a las empresas afectadas por la emergencia del covid-19 es la Ley de Capitalización, que fortalece el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (Fogape) y flexibiliza temporalmente sus requisitos para acceder a créditos con garantía estatal. Las líneas con garantía del Estado están operativas desde ayer y "de hecho el Banco Estado comenzará a entregar sus primeros créditos este miércoles y esperamos que los bancos privados hagan lo mismo", sostuvo el presidente Sebastián Piñera durante su promulgación. Agregó que "queremos decirles a los micro, pequeños y medianos empresarios que entendemos la importancia y el rol que juegan en la sociedad chilena (...) no van a estar solos en estos tiempos difíciles".
Pueden acceder a este beneficio todas las empresas y/o personas naturales jurídicas que no excedan ventas anuales de UF1.000.000 al momento de solicitar el crédito.
Condiciones
En detalle, dicho financiamiento puede ser utilizado para cubrir necesidades de capital de trabajo de la empresa, incluyendo: pago de remuneraciones y obligaciones previsionales, arriendos, suministros y facturas pendientes de liquidación, obligaciones tributarias, boletas de garantía, gastos de seguros, gastos asociados al otorgamiento de Líneas, y cualquier otro gasto que sea indispensable para el funcionamiento de esta.
No se puede usar para el pago de dividendos, retiro de utilidades, préstamos a personas relacionadas o cualquier otra forma de retiro de capital. Asimismo, no podrán usarse los fondos para amortizar, prepagar o refinanciar créditos que la empresa tenga al momento de solicitar el financiamiento. Tampoco podrán destinarse para la adquisición de activos fijos, salvo el reemplazo de activos esenciales para el funcionamiento de la empresa.
Además, estos no podrán ser otorgados a empresas que estén sujetas a procedimientos para reorganizar o liquidar sus pasivos y activos. Tampoco podrán acceder micro o pequeñas empresas que se hayan encontrado en situación de mora en el sistema bancario superior a 30 días al 31 de octubre de 2019, o empresas medianas y grandes en esa situación superior a 30 días al 31 de marzo de 2020. Estas restricciones no serán aplicables cuando las empresas hayan dejado de estar en mora al momento de solicitar el financiamiento.