Es sabido que la agroindustria nacional se abastece del total de su materia primera en un período muy corto de tiempo -la cosecha- a un precio conocido, pero tarda todo un año en procesar y comercializar dicha producción. Lo hace a un precio desconocido, sujeto fundamentalmente a la volatilidad de los mercados. De esta manera, los precios de los productos resultan impredecibles. Los mismos productores señalan que pueden fluctuar hasta en un 50% en períodos relativamente breves.
Para hacer frente a esta complejidad, tradicionalmente se ha recurrido al uso de instrumentos derivados, que son instrumentos financieros -generalmente contratos- que estipulan que las partes se comprometen a comprar o vender un determinado activo en una fecha futura a un valor que se fija al momento de la negociación.
Los agricultores de Osorno han puesto de relieve su legítima preocupación sobre la forma en que este procedimiento está siendo aplicado y fiscalizado. Reconocen que estos instrumentos, que fueron concebidos como herramientas financieras accesorias u optimizadoras, se han convertido en piezas fundamentales del modelo de negocio para el agro, en tanto otorga a los productores la posibilidad de proyectarse en el tiempo. Sin embargo, en Chile, no ha sido posible desarrollar un mercado que permita transar estas coberturas localmente, ni tampoco formar corredores que puedan intermediar en estas operaciones con el extranjero, debido a que los volúmenes necesarios para hacer rentables estas operaciones locales están muy lejos de lo requerido.
Desde Sago afirman que las coberturas de precio en base a derivados corren hoy el riesgo de volverse inoperantes debido a los problemas detectados a partir de los cambios regulatorios vigentes desde 2012, en tanto muchos contribuyentes del sector agrícola se ven perjudicados por esta situación, pues ya sea por desconocimiento o asesorías inadecuadas, sus declaraciones sobre derivados están siendo rechazadas por el Servicio de Impuestos Internos (SII).
De acuerdo con la ley vigente y la posterior norma de fiscalización, basta un error en cualquiera de las 12 declaraciones juradas mensuales o un retraso en la entrega de cualquiera de ellas para que el SII se vea obligado a declarar las pérdidas y las comisiones asociadas a éstas como gastos rechazados, aplicando, además, una multa de 35%.
Sin duda, éste es un problema al que debemos, en conjunto, buscar una solución por el bien de la agricultura regional, de modo de asegurar la realización de buenos negocios, apegados a la legalidad y beneficiosos para todos.
Rabindranath Quinteros Lara, senador por la Región de Los Lagos