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-ma se verá afectado de todas formas, por lo que el precedente que se sienta aquí es que quienes ejerzan la extracción de material de los cauces realicen su actividad cumpliendo con todas las autorizaciones. De lo contrario, el responsable se verá enfrentado a un problema legal-administrativo y a un problema económico, porque luego se verá obligado a invertir en la recuperación del entorno.
Cabe destacar que lo anterior es muy relevante para la provincia de Osorno, donde en los últimos años El Austral ha dado seguimiento a diferentes casos en los que se han generado este tipo de problemáticas, como es el caso de Cancura, en el sector del río Tijeral, así como en las comunas de San Pablo y Puyehue.
Posibilidad de apelar
En cuanto a las posibles instancias de apelación que tiene la persona responsable de haber alterado el cauce, el abogado Jorge Retamal explicó que, a nivel administrativo, tiene la posibilidad de solicitar la reconsideración al jefe de servicio.
"La Ley de Procedimientos Administrativos se lo concede, y también la normativa específica que regula la Dirección General de Aguas lo establece así, y el mismo Código de Aguas también. Evidentemente esta sanción puede ser reconsiderada por la autoridad y, eventualmente, si no obtiene una resolución favorable, siempre queda la vía judicial, por los distintos mecanismos que la misma ley ya establece para poder velar por la revisión de esa sanción que se le está imponiendo", aclaró.
El profesional añadió que eso va muy de la mano con otros procesos sancionatorios que están iniciados y que tienen relación con lo que está monitoreando la Superintendencia del Medio Ambiente, ya que, de hecho, este organismo, cuando recibió la denuncia sobre Chifín, respondió con la derivación del caso a la DGA. Por lo tanto, también la SMA está muy al tanto de la situación del río Chifín.
"Se van a tener que ponderar todos los elementos al momento de reclamar, que sabemos que la persona está en todo su derecho, pero nosotros estamos contentos porque vemos que la Dirección General de Aguas, en el contenido de la resolución, tuvo argumentos muy contundentes para establecer que sí había existido una alteración del cauce sin autorización legal, y que por tanto se estaba incurriendo en la acción por la cual se aplicó la sanción", concluyó.
Recurso
En tanto, el otro abogado que participó en el recurso de protección es Jorge De la Maza, quien manifestó su satisfacción ante la resolución de la DGA, que obliga finalmente a la reparación del cauce, después de que, con la acción ante el tribunal, se habían paralizado cualquier tipo de faena en la zona, con lo que ahora se asegura que se repare la alteración del río.
"Estamos conformes con la resolución de la DGA, lo que ha demostrado efectivamente lo que veníamos diciendo desde el principio; desde que interpusimos y alegamos el recurso de protección, efectivamente, que los recurridos habían rellenado con material inerte la ribera del río Chifín. Así que estamos muy conformes con la resolución que, en efecto, nos da la razón", dijo.
21 de diciembre del 2024, la Dirección General de Aguas recibió la denuncia, con un requerimiento de fiscalización en la zona afectada, por lo que dos días después se realizó la inspección.
75 metros tenía el tramo que se detectó como intervenido, donde se habían dispuesto bloques de hormigón, a modo de defensa fluvial, lo que generaba riesgo de inundación.
75 UTM de multa se aplicó tras la inspección al responsable de la alteración, es decir más de 5 millones de pesos. Con la nueva resolución, si el daño no se repara, la multa podría llegar a 823 millones.