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el último minuto, no es el espíritu de la ley. Por algo ha transcurrido un año y desde el ministerio hemos estado acompañando a pymes con capacitaciones y a sindicatos sobre la materia.
-¿Qué le parece, moralmente, la medida de los 12 minutos extra de colación para cumplir con la norma?
-Lo primero es que la Dirección del Trabajo emitió un dictamen el jueves (18 de abril), donde señala que la reducción de la primera hora se tiene que hacer de común acuerdo y en caso de que no haya acuerdo existe una aplicación proporcional de la ley que dice relación con el número de años en los cuales se va rebajando la jornada. Por tanto, no es posible rebajar en un contrato de lunes a viernes 12 minutos, sino que lo que se debe hacer es rebajar una hora en un día de la semana. Eso quedó claramente establecido por la Dirección del Trabajo. Y en cuanto al horario de colación, la ley no modifica en absoluto esas normas y quienes intenten adicionar más minutos a la hora de colación para evadir el cumplimiento de la ley van a estar cometiendo una ilegalidad. Ahora, respecto de lo que uno puede sentir, lo importante es que esta ley se construye en base a un acuerdo entre empleadores, trabajadores y Gobierno y ese acuerdo las tres partes lo tenemos que honrar y por lo tanto creemos que una implementación adecuada es la mejor solución para el país considerando todo lo que nos demoramos en llegar a este acuerdo: desde el 2017 que esta ley está planteada, además de lo que se demora su implementación. Así que esperamos que cada una de las partes actúe con la debida diligencia teniendo en cuenta el fin de la ley, que es tener más tiempo para conciliar la vida laboral con la vida familiar.
-¿Esta ley corre para funcionarios y públicos y municipales?
-Esta ley tiene como alcance a los trabajadores del Código del Trabajo. Sin perjuicio de aquello estamos comprometidos junto con el Ministerio de Hacienda para ingresar este año un proyecto de ley que reduce la jornada laboral de los trabajadores del sector público, que hoy día tienen 44 horas y que lo que va a hacer es enlazar con la rebaja en el año 2026 de 44 a 42 horas laborales, si el Congreso lo aprueba.
-En el caso de las trabajadoras de casa particular, ¿cómo opera?
-Las trabajadoras de casa particular tienen un contrato de trabajo que se denomina especial, y que está específicamente regulado dentro del Código del Trabajo. Las que son puertas afuera van a rebajar su jornada de 45 a 44 horas y en el caso de las trabajadoras puertas adentro lo que va a ocurrir es que su jornada dentro del mes va a tener dos días adicionales de descanso con derecho a remuneración. Eso les va a permitir en un trimestre acumular hasta seis días para poder hacer uso de ellas en el caso de que lo quieran usar para trasladarse a sus lugares de origen, si no viven en el mismo lugar en las cuales están trabajando. Ocurre de esta forma porque las trabajadoras de casa particular tienen una jornada de 12 horas, que está muy por sobre el estándar de las normas de jornada de derecho laboral que reconoce el derecho internacional.
-¿Cómo funcionan las bandas horarias para trabajadores madres, padres y quienes tengan el cuidado personal de niños y niñas de hasta 12 años?
-Las bandas horarias son un derecho para padres y madres cuidadores de niños de 12 años o menos y que les permite tener cierta flexibilidad en el horario de ingreso o salida del trabajo. Por tanto, si una persona entra a las ocho de la mañana y siendo cuidadora y si necesita entrar un día a las nueve va a poder hacer uso de ese derecho, pero se va a tener que quedar una hora más al momento de la salida. Estas normas buscan hacer más compatibles el cuidado y la crianza de padres y madres con sus hijos. Es importante también buscar promover la estabilidad de las mujeres para que se puedan mantener dentro de los espacios laborales, ya que muchas veces las presiones de las tareas del hogar conllevan a que deban abandonar su fuente de trabajo.
-¿Y cómo opera la ley con el teletrabajo?
-El Gobierno promovió una ley de conciliación de la vida laboral y familiar, que todavía tiene un alcance acotado porque beneficia a las funciones que son efectivamente teletrabajables dentro del sector privado y lo que se busca promover es el trabajo híbrido, porque tanto un trabajo 100% tele-trabajable lo que nos mostró los resultados post pandemia es que afectan otros aspectos de la vida laboral de la personas, como por ejemplo las posibilidades de ascender dentro de una empresa, ya que se invisibiliza la labor que se realiza desde un espacio distinto a la oficina. En materia de jornada laboral, las personas que hoy día realicen labores en un domicilio particular o en una oficina están sujetas al régimen de jornada, es decir, tienen que cumplir horario.
-¿Hay algún beneficio para las empresas que implementen la rebaja completa de inmediato?
-El mejor beneficio que tienen las empresas es mejorar la calidad de vida de sus trabajadores. Hay empresas que, dependiendo de la naturaleza de su función o del giro que tienen, podrían implementar -si adelantan las 40 horas- una jornada de 4x3, pero esto hoy es un paso voluntario que dan las empresas ya que la ley lo que establece es una reducción gradual de la jornada laboral.
-¿Con esta ley se terminan las horas extra?
-El régimen de las 40 horas no termina con la posibilidad de hacer horas extra. Es parte de las dudas que han surgido y quiero aclararlo. Lo que sí ocurre ahora es que se entrega un derecho adicional: en vez de recibir el pago por la hora extra, la persona puede acumularla para tener hasta cinco días de permiso adicionales, lo cual, entre otras cosas, por ejemplo, podría facilitar el acompañamiento de los hijos en las vacaciones de invierno. Las horas extra se pagan con un 50% de recargo, pero si lo quieres compensar como un permiso, te lo cuentan como una hora y media de trabajo.
"El régimen de las 40 horas no termina con la posibilidad de hacer horas extra (...) Lo que sí ocurre ahora es que se entrega un derecho adicional: en vez de recibir el pago por la hora extra, la persona puede acumularla para tener hasta cinco días de permiso adicionales, lo cual, por ejemplo, podría facilitar el acompañamiento de los hijos en las vacaciones de invierno. Las horas extra se pagan con un 50% de recargo".