Octanaje de las gasolinas
Los altos precios de la bencina han convertido este gasto en uno de los más pesados dentro del presupuesto del hogar. Cuando vamos a rellenar nuestro estanque, vemos que en los servicentros nos ofrecen gasolinas de tres valores diferentes: uno más bajo para la de 93 octanos, el de la de 95 y finalmente, el más caro, para la de 97. Entonces nos cuestionamos: ¿Qué pasa si me cambio a la de 93? Ahorraría algo de dinero, pero ¿y si descompongo mi auto al hacerlo?
Bueno, la respuesta a esta interrogante no es trivial, pero partamos por entender qué indica ese número. El octanaje es la capacidad que tiene la gasolina de ser comprimida sin detonar o, dicho de otra forma, encenderse por sí sola. La gasolina dentro del motor debe encenderse solo con la chispa que produce la bujía y no antes, porque esto haría que el motor de su auto funcione mal, consuma más combustible y se desgaste de más.
Dependiendo del modelo de su vehículo la compresión con la que fue diseñado el motor varía, pero no es descabellado decir que mientras más pequeño, trabaja con mayor compresión. Como saben, en general los motores pequeños (autos compactos y motos) consumen menos combustible, por lo que es muy probable que si el fabricante le sugiere gasolina de mayor octanaje, por ejemplo, de 97, y usted de un día para otro comienza a usar gasolina 93, el motor empiece a trabajar mal y el rendimiento baje más de lo que ahorra en cada carga. Dicho de otro modo, llenará el estanque con menos dinero, pero tendrá que ir más seguido a hacerlo.
Por otro lado, si su vehículo tiene un motor mediano a grande (por sobre los 1.500 centímetros cúbicos), es muy probable que pueda cambiarse sin problemas a la gasolina de 93 octanos. La sugerencia siempre es que revise el manual de su vehículo, en él se indica la gasolina más adecuada para su motor, y si dice que funciona bien con 93 octanos o menos, cámbiese sin miedo.
Gabriel Alkalay, académico Escuela de Ingeniería U. de Las Américas
Precisión histórica
En la carta que envió excusándose de participar en el acto de inauguración de la estatua del presidente Patricio Aylwin, el ex presidente Eduardo Frei Ruiz-Tagle afirmó: "Patricio Aylwin supo liderar el deseo de unidad del pueblo chileno, sentar las bases del desarrollo que permitieron a miles salir de la pobreza e iniciar una senda de crecimiento económico".
Lo cierto es que quien sentó las bases del desarrollo y del crecimiento económico fue el presidente Pinochet. Por otra parte, Aylwin no lideró la unidad del pueblo chileno, por el contrario, con su Ley Indígena fue el causante del "conflicto mapuche" y en lugar de haber pacificado el país, como lo hizo Jorge Montt luego de la cruentísima guerra civil de 1891 -con sus leyes de amnistía- y lo propuso el cardenal Silva Henríquez, le echó más leña a la hoguera.
El cardenal Silva era partidario del perdón para que la población de Chile, tan dividida, pudiera encaminarse hacia una convivencia democrática y pacífica. Estaba convencido de que "la mejor forma de asegurar la futura democracia es abandonar toda clase de venganza contra los militares", que "es torpe, aunque humano, exigir justicia y venganza tras el término del régimen militar, porque eso nos conduciría a una espiral de violencia" y que "los militares chilenos no querían entrar en el gobierno, pero los chilenos en su mayoría les exigimos y les impulsamos a esta tarea. Contribuyó también la torpeza de socialistas y comunistas, que intentaban instaurar la dictadura del proletariado".
Adolfo Paúl Latorre
Fallo del Silala
No puede quedar duda alguna, el fallo sobre el asunto del Silala fue favorable para Chile.
Para entender esto es importante establecer que la Corte Internacional de Justicia señaló que no podía pronunciarse sobre el fondo en los cinco puntos sostenidos en la demanda chilena, ni tampoco sobre el fondo en dos de las tres contrademandas bolivianas, estableciendo -además- el rechazo al tercer punto de la petición altiplánica.
Ante esto, ¿por qué ganó Chile? A saber: el año 2016 Chile demandó a Bolivia ante la Corte Internacional de Justicia esperando que ésta declarara, entre otros, que el Silala es un curso de agua internacional y que el uso de las aguas que ha hecho Chile es legítimo.
La respuesta boliviana fue plantear tres demandas en la contramemoria, las que tenían como objetivo no sólo objetar la posición chilena, sino también que se le reconocieran derechos sobre el flujo artificial del río que se habría generado producto de canalizaciones.
Es importante señalar que la Corte tiene normas de actuación, por ejemplo, pronunciarse sobre el fondo del asunto cuando existe o se mantiene una controversia, lo que implica que la Corte no tendría nada que juzgar si el objeto de la demanda ha desaparecido.
La Corte señaló que las partes han evolucionado a lo largo del procedimiento, lo que ha llevado a que Chile y Bolivia -y durante las distintas etapas del proceso- reconocieran al Silala como un curso de agua internacional regido por el derecho internacional consuetudinario, por lo que la demanda de Chile y la mayoría de las contrademandas bolivianas carecerían de sentido, ya que el fondo de las demandas se habrían resuelto durante la fase escrita y la fase oral.
Ante esto, la Corte sólo tuvo que recordar algunas consideraciones. En primer lugar, el régimen aplicable a las aguas del Silala, tanto subterráneas, superficiales y mejoradas, es el derecho internacional consuetudinario, por lo que no se puede reconocer derechos preferentes a Bolivia sobre estas últimas en función que las aguas del sistema Silala deben ser aprovechadas en forma equitativa y razonable por los Estados ribereños.
La Corte señaló que la protección de sistema Silala es una obligación de comportamiento de las partes y que ésta debe someterse a los principios de cooperación, lo que obliga a las partes a notificar y consultar cuando exista un riesgo sensible.
También se estableció que Bolivia tiene el derecho soberano a desmantelar las canalizaciones, lo que es un punto que Chile jamás objetó.
Si bien la Corte no se pronunció sobre el fondo de la demanda chilena, ni tampoco sobre el fondo de dos de las tres contrademandas bolivianas, sí es posible reconocer que la decisión nacional de demandar a Bolivia resultó ser una estrategia adecuada, ya que obligó a Bolivia a reconocer -en el proceso- algunas consideraciones que negaba con anterioridad, tal como el carácter de curso de agua internacional que tiene el Silala.
Hoy, y gracias a esta causa y al proceso llevado a cabo, se ha establecido que el Silala es un cauce de agua internacional regido por el derecho internacional consuetudinario, lo que implica el uso equitativo y razonable de todo el sistema hídrico.
Pedro Díaz Polanco, docente de la Escuela de Administración Pública, Universidad Austral de Chile