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Corte Suprema ratifica cierre de casinos populares por falta a la normativa

JUSTICIA. El máximo tribunal acogió recursos de casación y rechazó reclamos de ilegalidad -por parte de dueños- ante la prohibición de funcionar de las salas de juegos en la comuna. El fallo ratificó que el municipio actúa conforme la ley, al exigir como requisito para renovar la patente comercial la certificación que las máquinas no son de azar sino destreza.
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Verónica Salgado

La Corte Suprema acogió el recurso de casación presentado por la Municipalidad de Osorno y rechazó las cinco reclamaciones de ilegalidad interpuestas el año pasado en la Corte de Apelaciones de Valdivia, por los dueños de las salas de juegos conocidas como "casinos populares". Las tramitaciones buscaban revertir la prohibición de funcionamiento y la no renovación de la patente municipal para el giro comercial de máquinas de habilidad y destreza decretada por el municipio local en enero de 2021.

El fallo del máximo tribunal, emitido el pasado viernes 14, indica que la casa edilicia dio cumplimiento a lo instruido por la ley y por la Contraloría, al decretar a principios del año pasado la no renovación y prohibición de funcionamiento de los 48 recintos de este tipo que operaban emplazados en distintos puntos de la ciudad.

Informe

Esto, debido a que ninguno de sus dueños presentó el informe técnico requerido para dar así cumplimiento a la Ley 19.995 (que regula el funcionamiento de casinos y juegos), que especifica que la explotación de máquinas de azar fuera de los casinos regulados no está permitida. En este caso, el informe debía confirmar que los equipos eran de destreza y no de azar, lo que finalmente no ocurrió.

La semana pasada el personal de Renta y Seguridad Ciudadana municipal, clausuró los 13 casinos populares que seguían operando en el centro de la comuna, debido a que el año pasado sus dueños presentaron las reclamaciones de ilegalidad, las que fueron acogidas por la Corte de Apelaciones, y por lo tanto, aseguraban había procesos judiciales pendientes por lo que podían seguir ejerciendo la actividad comercial.

De hecho, tres de ellos fueron detenidos y formalizados por el delito de violación de sellos tipificado en el artículo 270 del Código Procesal Penal. Uno de ellos además es investigado por obstrucción a la justicia.

Ratifica el cierre

La Corte Suprema acogió el recurso de casación presentado por la Municipalidad de Osorno, anulando la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Valdivia, y en sentencia de reemplazo rechaza las reclamaciones de ilegalidad presentadas por los cinco dueños de casinos populares.

Precisa que el municipio no incurrió en ilegalidad al exigir la certificación de que las máquinas explotadas comercialmente en estos recintos no son juegos de azar, lo que se instruye en la normativa vigente.

El documento precisa textual: "se instruye que para el otorgamiento y renovaciones de tales patente se debe exigir acompañar la documentación indispensable para descartar que las máquinas que explota en su establecimiento sean susceptibles de ser calificadas como juegos de azar, ello, en lo que importa al caso de la reclamante sobre la base que la renovación de una patente comercial por un nuevo período anual, supone la verificación, por parte del municipio, de la observancia de los requisitos exigidos para su otorgamiento".

El asesor jurídico municipal, Hardy Vásquez, explicó que en enero del año pasado se había ordenado la clausura, pero hubo algunos dueños que optaron por reabrir a la espera de resoluciones judiciales.

"Finalmente la Corte Suprema el viernes recién pasado ratificó que la no renovación de las patentes, la prohibición y clausura de los casinos populares se encuentra plenamente ajustada a derecho y los dictámenes de la Contraloría General de la República del 2016 y 2019. (…).Con esta resolución de la Corte Suprema no se admite discusión alguna, sin perjuicio que los afectados tienen derecho a realizar las acciones que estimen conveniente. Para el municipio este ciclo está cerrado, ahora corresponde fiscalizar y hacer respetar el cumplimiento de la resolución judicial", explicó Vásquez.

Casinos populares

Efectivamente desde 2016 hasta la fecha son diversas las comunas del país donde los alcaldes han decretado su clausura y prohibición de operar, lo que gatilla existan un sinnúmero de acciones presentadas en distintos tribunales del país.

Ernesto Núñez, abogado de los dueños afectados, explicó que el fallo de la Corte Suprema lo que indica de forma clara entre sus puntos es que el municipio no puede privar o dejar en la indefensión al contribuyente -lo que según dijo- será resguardado mediante acciones futuras.

"Lo que dice el fallo es que no es ilegal que la municipalidad niegue el pago de la patente, de alguna forma ratificó que en ese aspecto no hay ilegalidad en el actuar municipal, pero la misma Corte Suprema analiza jurídicamente los alcances de los procedimientos y lo miro con optimismo no sólo para Osorno sino para otros casos similares existentes en otras comunas del país. Ya es definitorio y aclaratorio si lo leemos con alcance", manifestó el profesional.

Agregó que se darán un margen de tiempo para analizar el actuar municipal en torno al fallo y, posteriormente a eso, no descartan iniciar nuevas acciones en su contra.

"Ratificó que la no renovación de las patentes, la prohibición y clausura de los casinos populares se encuentra plenamente ajustada a derecho y los dictámenes de la Contraloría General de la República del 2016 y 2019"

Hardy Vásquez, asesor jurídico municipal

"Lo miro con optimismo no sólo para Osorno sino para otros casos similares existentes en otras comunas del país. . Ya es definitorio y aclaratorio si lo leemos con alcance"

Ernesto Núñez, abogado de dueños de las salas de juegos