En enero del año 2018 se promulgó la Ley 21.057 sobre Entrevista Videograbada a Niñas, Niños y Adolescentes víctimas de delitos sexuales y otros delitos graves. Esta ley, que fue fuertemente impulsada por el Ministerio Público y por organizaciones de la sociedad civil, vino, por una parte, a concretar una demanda de diversos actores del sistema procesal penal y de la ciudadanía, y por otra, a cumplir una obligación del Estado de Chile asumida al ratificar la Convención Internacional de los Derechos del Niño.
En efecto, el objetivo principal de esta ley es prevenir la victimización secundaria de aquellos niños, niñas y adolescentes que han sido víctimas de un delito sexual o de otros delitos graves, en la perspectiva de que su tránsito por el proceso penal sea lo menos gravosa posible. Ello se logra a través de una metodología especial que permite una comunicación más fluida y efectiva entre la víctima y su entrevistador, y que además redunda en la obtención de información de mejor calidad para la investigación, la cual es otra finalidad de este cuerpo legal.
También tributa a prevenir la victimización secundaria la exigencia que plantea la ley de limitar las actuaciones de las víctimas al mínimo indispensable para garantizar una substanciación adecuada del proceso.
La implementación de esta ley ha sido gradual, y ya se encuentra vigente en las Regiones correspondientes a la primera y segunda etapa de implementación. En el caso de nuestra región, nos corresponde la tercera y última etapa, junto a las regiones Metropolitana, de Valparaíso, y de O'Higgins, comenzando el día 3 de octubre de 2022.
Es por ello que nos encontramos en plena fase de preparación para asumir este importante desafío, el cual significará un cambio de paradigma en la investigación y juzgamiento de aquellos delitos que figuran en el catálogo de la Ley 21.057, y que afecten a niñas, niños y adolescentes.
Las tareas que tenemos por delante son múltiples, y sin duda conllevarán un esfuerzo relevante de todas las instituciones involucradas, el que se verá recompensado por la certeza de contar con un proceso penal que mire a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho, y que tenga en todo momento presente el interés superior del niño.
Desde el punto de vista de la infraestructura, deberemos contar con salas especiales que permitan entrevistar a los niños, niñas y adolescentes en un espacio acogedor y confortable, facilitando un relato libre y abierto, y un mejor vínculo con el entrevistador. A ello se suma el equipamiento tecnológico que garantice que la videograbación sea segura y de calidad.
Especial importancia tiene la formación de entrevistadores, quienes tendrán un fuerte entrenamiento para asimilar una metodología probada internacionalmente, quienes además deberán ser acreditados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Los desafíos en coordinación interinstitucional y en ajustar procesos de trabajo para hacer frente a los cambios procesales que esta ley conlleva, también demandarán un esfuerzo colaborativo de los diversos agentes del sistema. Pero estamos ciertos de que la motivación por proteger a nuestros niños, niñas y adolescentes, y procurar su acceso a la justicia con pleno respeto a sus derechos y necesidades, nos conducirá a una preparación responsable y eficiente, y a una implementación exitosa de esta ley en la Región de Los Lagos.
Las tareas que tenemos por delante son múltiples, y sin duda conllevarán un esfuerzo relevante de todas las instituciones involucradas, el que se verá recompensado por la certeza de contar con un proceso penal que mire a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho