Correo
Cumplir las normas
Hace tiempo se viene asentando el concepto de "dictadura sanitaria" en la discusión pública. Esta idea atendería a la "naturaleza tiránica" de las restricciones a distintas libertades (tránsito, desplazamiento, entre otras) con motivo de las cuarentenas.
Independientemente de la efectividad y conveniencia de aplicar esta medida, no deja de ser preocupante que las personas e incluso alcaldes llamen al desacato.
Los planes de confinamiento debieron considerar la naturaleza humana y el hecho que encerrar a las personas por meses en algún momento no sería sostenible.
Todos estamos cansados de no poder salir de nuestro hogar por casi un año, pero ello no significa que debamos incumplir las normas sanitarias, ni menos solicitar a otro lo mismo, pues no sólo es contrario a la buena convivencia en sociedad, sino también fijaría un mal precedente para otras situaciones en donde otros podrían extrapolar un actuar similar frente a lo incómodo. Para evitar estas situaciones, es importante dar señales claras y construir entre todos soluciones rápidas y efectivas a los problemas que tanto nos han afligido.
Agustín Soto
Notarios y comicios de abril
El 11 de abril de 2021, los ciudadanos elegirán a los integrantes de la Convención Constitucional que deberá redactar una nueva Carta Fundamental. Y, como es tradición en las elecciones y votaciones populares en Chile, notarios y conservadores actuaremos como ministros de fe, con el propósito de contribuir a la transparencia y legitimidad de este acto.
Por ello, es de suma importancia aclarar que entre las funciones que nos asigna la ley está colaborar, de manera gratuita, en las adherencias a las candidaturas independientes.
Además, y en vista de que el plazo para inscribir candidaturas termina el 11 de enero, estamos entregando una atención preferente, expedita y con altos estándares sanitarios a quienes quieran participar del proceso.
En paralelo, el Senado está discutiendo un mecanismo que permita realizar esas inscripciones en forma electrónica. De llegar a concretarse, pedimos que el sistema de registro que se implemente resguarde la protección de datos personales y evite eventuales suplantaciones de identidad en tan importante proceso.
Para nuestra asociación constituye un motivo de satisfacción cumplir con la responsabilidad que nos confiere la ley en esta dimensión de nuestra vida cívica, siempre con el compromiso de fortalecer la democracia.
Mauricio Astudillo, pdte. Asociación de Notarios, Conservadores y Archiveros Judiciales de Chile
Reforma Procesal Penal
Diversas personas han manifestado que la reforma procesal penal, que comenzó a aplicarse el año 2000, permitió dejar atrás un sistema inquisitivo, secreto, lento, con amplios espacios para la arbitrariedad y la vulneración de derechos humanos. Sin embargo, no quedó atrás para todos. Actualmente los ciudadanos se encuentran sometidos a dos clases distintas de justicia.
En efecto, a los militares y policías se les sigue aplicando el antiguo sistema de procedimiento penal (que le veda a los imputados el derecho a una adecuada defensa, a un juicio justo y a ser juzgados por un tribunal imparcial) porque los jueces y los legisladores le han dado carácter permanente a una disposición constitucional transitoria que -considerando la enorme magnitud de la reforma- fue establecida para permitir la entrada en vigencia gradual del nuevo sistema procesal penal en las diversas regiones del país.
La referida disposición autorizó la vulneración de la garantía constitucional de igualdad ante la ley durante el proceso de entrada en vigencia gradual (que comenzó el año 2000 en las regiones IV y IX y culminó el 2005 en la Metropolitana), puesto que en las regiones en las que ya había entrado en vigor el nuevo sistema procesal se aplicaba ese y en las que aún no entraba en vigor se aplicaba el antiguo, resultando penas muy diferentes por un mismo delito.
Obviamente, cuando el nuevo sistema procesal penal entró en pleno vigor en todo el territorio nacional (el 16 de junio de 2005) tal disposición quedó tácitamente derogada.
Continuar aplicándole el sistema antiguo a una pequeña cantidad de personas, vulnerando lo dispuesto en el articulado permanente de nuestra Carta Fundamental y en tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile -que garantizan la igualdad ante la ley y el debido proceso- constituye una discriminación absolutamente arbitraria, lo que está expresamente prohibido por nuestra Constitución Política.
Adolfo Paúl Latorre abogado