SMA cursa seis cargos a edificios y una empresa por incumplimientos al PDA
AIRE. La Superintendencia de Medio Ambiente llevó a proceso sancionatorio a 5 comunidades de residentes por omitir información y a una comercializadora por venta de leña húmeda.
Dentro del marco de las exigencias en el marco del periodo de gestión de episodios críticos del Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) de la ciudad, este año la Superintendencia del Medio Ambiente formuló cargos contra 6 titulares de la ciudad de Osorno, tratándose de cinco edificios residenciales y una empresa por comercialización de leña húmeda.
Estos incumplimientos fueron constatados a través de las fiscalizaciones realizadas por funcionarios de la Seremi de Salud y de la Oficina Regional de Los Lagos, de la Superintendencia de Medio Ambiente, comprobando que los edificios residenciales con calderas de potencia térmica nominal mayor o igual a 75 kWt no contaban con las mediciones exigidas sobre de material particulado que establece la norma.
En el caso de los establecimientos a los que se les ha iniciado el respectivo proceso sancionatorio, desde la SMA informaron que corresponden a las comunidades de copropietarios de Edificios Los Libertadores; Llancacura; Empleados Públicos y Periodistas, Cordillera, San Ramón y a la empresa Calor de Mely SPA por venta de leña húmeda.
Proceso sancionatorio
La SMA informó que en el caso de los inmuebles se levantaron cargos por no haber realizado la medición de sus emisiones de material particulado mediante un muestreo isocinético, el cual permite acreditar el cumplimiento de los límites de emisión a las calderas que se alimentan de leña o petróleo diésel.
En cuanto a la empresa de comercio de leña Calor de Mely SpA, la infracción cursada se debe a la comercialización de leña húmeda por parte del titular, con fecha 25 de agosto de 2020.
Ivonne Mansilla, jefa de la Oficina Regional SMA de Los Lagos, explicó que las infracciones detectadas para cada caso fueron clasificadas como leves, por lo que cada titular podría ser objeto de una amonestación por escrito o una multa de hasta 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), es decir, más de 50 millones de pesos.
"Cinco de estas formulaciones de cargos están relacionados porque los edificios fiscalizados no contaban con los informes isocinéticos que permiten acreditar el cumplimiento de emisión regulados en la norma respectiva, no respetando el Plan de Descontaminación Atmosférica. Y en el caso de la empresa Calor de Mely, se constató a raíz de una denuncia ciudadana que comercializó leña húmeda sobre el porcentaje establecido", señaló la titular de la SMA.
Los plazos para presentar un programa de cumplimiento por parte de los titulares infractores son de 15 y 22 días hábiles para presentar sus descargos, plazos ampliados de oficio y que comienzan a regir una vez realizadas las notificaciones a los titulares.
"La Superintendencia del Medio Ambiente no busca aplicar multas, no es su objetivo, sin embargo es necesario que las medidas establecidas en el Plan de Descontaminación de Osorno se cumplan por todos, con mayor razón ahora que estamos sometidos a más factores de riesgo con la condición sanitaria que vive el país. Además, hay que cumplir con los plazos fijados en el PDA, referidos principalmente a los límites de emisiones de material particulado", recalcó.
Fiscalizaciones 2020
En cuanto al trabajo del equipo fiscalizador de la oficina del Programa de Aire de la Seremi de Salud en Osorno, dentro del periodo de gestión de episodios críticos, que comienza el 1 de abril y se extiende hasta el 30 de septiembre, se realizaron 164 inspecciones a este tipo de dependencias, entre las cuales se incluyen los edificios residenciales, además de centros comerciales y establecimientos de alta estadía de adultos mayores.
Estos procesos sancionatorios, que son el resultado de incumplimientos al PDA en la práctica, comenzaron a registrarse desde 2018, donde los registros de la SMA muestran que previo a las recientemente informadas ya había cinco edificios comunitarios o residenciales, además de un colegio, a los que se les sometió a un proceso sancionatorio, por lo que actualmente se encuentran en etapa de cumplimiento de un programa para reparar la infracción.
Además de ello, el año pasado también se infraccionó a la tienda de retail Easy por venta de leña húmeda, proceso que en la actualidad sigue en curso.
"La SMA no busca aplicar las multas, no es su objetivo, sin embargo, es necesario que las medidas se cumplan por todos".
Ivonne Mancilla, Jefa regional de la SMA
1.000 UTM es el valor al que pueden llegar las multas por estos incumplimientos, es decir, unos $50 millones.
15 días hábiles es el plazo para presentar el programa de cumplimiento y de 22 días hábiles para los descargos.