Reducción de la jornada laboral

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Según la nueva norma, los empleadores podrán acordar con sus trabajadores en forma individual o colectiva la reducción de hasta el 50% de la duración de su jornada. El empleador pagará el sueldo de acuerdo a las horas efectivamente trabajadas y las cotizaciones previsionales proporcionales. El trabajador recibirá un complemento adicional a su sueldo de hasta un 25% con cargo al Seguro de Cesantía.