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Inician proceso sancionatorio contra empresa por contaminación de estero

PICHIDAMAS. La Superintendencia del Medio Ambiente detectó que el matadero Mafrisur presenta 5 infracciones ambientales asociadas al manejo de descargas de residuos líquidos industriales.
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Carolina Silva

Durante este jueves, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) de Los Lagos inició un proceso sancionatorio en contra de la empresa Matadero Frigorífico del Sur (Mafrisur), ubicado en la Ruta U-55 camino Pichidamas, kilómetro 1.7, debido a incumplimientos ambientales detectados tras una serie de fiscalizaciones en terreno.

La empresa es matadero y frigorífico al mismo tiempo, donde se procesan bovinos y ovinos para la obtención de carnes y sus derivados.

La firma tiene cuatro Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) que regulan su operación, especialmente la zona del matadero y el tratamiento de sus Residuos Líquidos Industriales (Riles), los que son descargados al estero Pichi-Pichil, afluente del río Rahue.

El caso fue dado a conocer por El Austral el 12 de marzo de 2016, tras el reclamo y denuncia de los vecinos del sector. Luego, la contaminación del estero fue abordada nuevamente en notas publicadas por este medio en agosto y septiembre de 2016.

Cargos

Tanto la SMA como la Superintendencia de Servicios Sanitarios formularon sus cargos basándose en fiscalizaciones realizadas, donde detectaron hallazgos más el análisis de reportes de la descarga y tras analizar el mérito de éstos, se formularon cinco cargos.

El primero de ellos es la operación de un sistema de tratamiento de residuos industriales líquidos distinto al aprobado ambientalmente, el cual representa una infracción grave, según la SMA.

Luego, no realizar seguimiento ambiental a la calidad de las aguas del estero Pichil, de acuerdo a lo establecido en sus RCA. En tercer lugar, no reportar el caudal descargado con la frecuencia que establece su programa de monitoreo.

En el cuarto punto se encuentra no reportar remuestreos asociados a la descarga de Riles; y por último, la superación de los límites máximos permitidos para el parámetro fósforo y poder espumógeno en la descarga de Riles.

Los cuatro últimos puntos sólo representan infracciones leves para la SMA.

Al respecto, la jefa regional de la oficina de la Superintendencia del Medio Ambiente, Ivonne Mansilla, indicó que "durante 2016 comenzamos las fiscalizaciones en este matadero y se determinaron ciertos hallazgos que terminaron en los cargos que hoy se le incumben".

Ciertamente, el sistema del tratamiento de los Riles tiene imcumplimientos, ya que es distinto a los aprobados ambientalmente "y no tenían autorización para esas nuevas piezas dentro del tratamiento", señaló Mansilla.

"Fundamentalmente, faltan partes del tratamiento, hay filtros que no están, también no había generación de biogás como estaba comprometido con la RCA, no había deploración del afluente, entre otros", precisó la jefa regional de la oficina de la Superintendencia del Medio Ambiente.

Asimismo, la empresa no realizó un seguimiento ambiental a la calidad de las aguas "como lo tenían comprometido en la RCA y no reportaron el caudal descargado con la frecuencia que establece el programa de monitoreo al estero Pichi- Pichil para hacer el seguimiento de las variables del río que tiene que reportar", detalló Mansilla.

Por último, indicó que toda empresa debe cumplir con la normativa vigente y la que les compete es "el decreto 90, que regula la descarga de residuos líquidos a cuerpos de agua superficiales. Deben cumplir con lo que se comprometieron".

Acción positiva

Ricardo Becerra, presidente de la Red Ambiental Ciudadana de Osorno, calificó la medida como positiva, ya que "esta denuncia se realizó hace bastante tiempo, donde los vecinos incluso señalaban que hace muchos años atrás el lugar era para veranear. Pero desde que se instaló la empresa comenzaron los problemas de contaminación, como por ejemplo en una ocasión en que yo fui con periodistas del diario El Austral, donde vimos una mancha lechosa en la desembocadura del estero hacia el río Rahue".

En tanto, el seremi de Medio Ambiente, Jorge Pasminio, señaló que como institución ambiental están contentos por la medida adoptada, ya que "este tema varias veces fue mencionado en El Austral de Osorno con denuncias de vecinos del sector, por lo que fuimos a corroborar el problema en terreno y luego de esto le informamos a la Superintendencia de Medio Ambiente, para revisar lo ocurrido".

Según Pasminio, se busca es que "las empresas cumplan con las resoluciones de calificación ambiental existentes".

El gerente general de Mafrisur fue contactado por este medio vía correo electrónico y en su respuesta Gonzalo Arias señaló que "esperamos conocer lo que se ha publicado y a partir de ello adoptar los planes de acción respectivos. Por ahora no tenemos otros comentarios".

Infracciones

La Ley Orgánica de la SMA establece que las infracciones graves -que sólo es la primera de las cinco medidas- podrán ser objeto de revocación de la RCA, clausura o multa de hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA) -2.807 millones de pesos aproximadamente-.

En cuanto a las infracciones leves, éstas podrán ser objeto de amonestación por escrito o multa entre una UTA ($561.444) hasta 1.000 ($561 millones)

La formulación de cargos es el inicio de un procedimiento sancionatorio por parte de la SMA. En tanto, la empresa infractora dispone de un plazo de 15 días hábiles para presentar sus descargos, o bien, 10 días para presentar un programa de cumplimiento (plan de acciones y metas), para que dentro de un plazo fijado por la SMA se vuelva al cumplimiento satisfactorio de la normativa ambiental infringida.

Alternativas

Descargos La empresa dispone de un plazo de 15 días hábiles para presentar sus descargos por lo que se les acusa.

Programa La otra opción son 10 días para presentar un Programa de Cumplimiento, el cual es un plan de acciones y metas.