Libertad condicional
Los setenta y un reos que se hicieron acreedores del beneficio en Osorno tienen la responsabilidad de demostrar que sí lograron su rehabilitación.
Natural revuelo ha provocado en la comunidad de la provincia la liberación de 71 reos que cumplían condenas en el sistema carcelario de Osorno, luego de la decisión adoptada por la Corte de Apelaciones de Valdivia. Del total, 62 estaban recluidos en el penal local y el resto permanecía en el Centro de Estudio y Trabajo (CET) de Gendarmería, un sitio con mayores flexibilidades que tiene como su gran foco la reinserción.
El recelo frente a la decisión del Poder Judicial nace de la inquietud sobre la reducción de la condena que estaban cumpliendo los reos y, consecuentemente, de la sensación de inseguridad en las calles que se generaría por su temprana liberación, atendido que la opinión pública no cuenta con todos los antecedentes que permitan garantizar que efectivamente lograron su rehabilitación. Más de la mitad de los favorecidos con la libertad condicional estaban purgando penas por delitos violentos: 15 por violación, 11 por robo con homicidio y 15 por robo con intimidación. Con estos números, y el hecho de que la comisión del Poder Judicial haya rechazado sólo 8 de las 79 peticiones, es lógico el recelo de la ciudadanía.
No obstante, hay que precisar que para acceder a este beneficio, los internos tuvieron que cumplir una serie de condiciones que al menos da ciertas certezas acerca de su rehabilitación. De partida, para postular se exige haber cumplido la mitad de la condena, además de acreditar una conducta intachable en la cárcel o en el CET durante los últimos tres bimestres y haber aprendido un oficio. Al listado se agrega la obligación haber asistido con regularidad a la escuela y a conferencias educativas.
Aunque es entendible que haya desconfianza con la liberación de los 71 reos, hay que recordar que el mecanismo de la libertad condicional está establecido en la normativa y que si no se cumplen los requisitos enumerados, difícilmente la comisión encargada apruebe la solicitud. Eso sí, la opinión pública espera que la comisión ad hoc haya actuado con prudencia, sopesando con rigurosidad el crimen que se estaba purgando, la pena impuesta y, sobre todo, el cambio demostrado por el reo. Los favorecidos tienen ahora la misión de demostrarle a la sociedad que son nuevas personas y que merecen esta segunda oportunidad.