Insólito
"Una ley cuyo fundamento era aumentar las penas (...) se ha traducido en la rebaja de penas para 12 condenados"
Los robos son una de las categorías de delito que más afecta a las personas y a la comunidad, tanto por su impacto a nivel de victimización, como por la percepción de inseguridad que generan en la sociedad. Por ello, como Fiscalía hemos impulsado una política criminal regional que se hace cargo de enfrentar estos delitos con criterios de actuación que intensifican la respuesta frente a su comisión, al mismo tiempo que hemos trabajado fuertemente en acrecentar la coordinación con las policías y otros actores.
Producto de ello, estos últimos años hemos buscado aumentar las sentencias condenatorias a penas efectivas de cárcel en delitos de robos, tal y como sucedió, por ejemplo, en el caso de los asaltos a parcelas en Puerto Varas, donde los tres autores, después de una ardua investigación y juicio oral, fueron condenados a presidio perpetuo.
Sin embargo, a partir de la entrada en vigencia en el mes de julio de la Ley Nº 20.931, más conocida como "Agenda Corta Antidelincuencia", en diferentes tribunales de la Región se comenzaron a realizar audiencias de determinación o adecuación de penas en las que se está resolviendo la rebaja de las mismas, es decir, que la pena que ya estaba establecida por sentencia judicial firme y ejecutoriada se baje a una pena menor, lo que ya ha sucedido, hasta ahora, respecto de 12 imputados, entre ellos los condenados por los asaltos a parcelas que referí. Esto ha sucedido en el Tribunal Oral de Osorno, en el Tribunal Oral de Puerto Montt y en el Juzgado de Garantía de Calbuco. No está demás decir que en todos estos casos se trata de hechos graves.
Lo anterior, que no sólo se está produciendo en la región, se debe a que la nueva ley, desde una perspectiva formal, suprimió el artículo 456 bis N° 3 del Código Penal que consideraba una circunstancia agravante especial para los delitos de robo (ser dos o más los malhechores), agravante que muchas sentencias ya dictadas habían considerado. De esta forma, y como el artículo 18 del mismo Código establece que al imputado debe aplicársele la ley que más le favorece, de acuerdo a la interpretación judicial procedería rebajar las penas, ya que la agravante a su juicio estaría derogada.
De esta forma, entonces, y en lo que resulta ser insólito, una ley cuyo fundamento era aumentar las penas en los delitos de robos, en su aplicación práctica y a partir de la supresión formal que hizo la legislación de la agravante, se ha traducido en la rebaja de penas para 12 condenados por delitos graves, lo que claramente no fue la idea del legislador, pero que por la vía de la aplicación de la ley está produciendo estos efectos.
Marcos Emilfork Konow, fiscal regional