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Suprema ordena vacunar a bebé y sus padres rechazan la decisión judicial

RESOLUCIÓN. Tercera Sala del máximo tribunal falló por unanimidad para aplicar inmunización.
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David Muñoz

El pasado mes de diciembre una noticia sorprendió a la comunidad osornina: la Corte de Apelaciones de Valdivia acogió una acción judicial interpuesta por la directora del Hospital San José, Verónica Wall, para que un pequeño -de entonces dos meses de edad- recibiera la vacuna contra la tuberculosis, luego que su madre Yesenia Farías se negara a la inoculación.

Ahora, dos meses después, el caso siguió su curso legal. No obstante, en esta ocasión la Corte Suprema ratificó el fallo y ordenó a los padres del pequeño a que se le apliquen todas las vacunas que a su corta edad debería haber recibido.

Instancias legales

Los protagonistas de esta historia son el matrimonio conformado por Héctor Higueras y su esposa Yesenia Farías, padres de Mateo de cinco meses. Ambos esgrimieron que desconocen el dictamen del máximo tribunal, que por unanimidad los obligó a que el menor sea inoculado.

"No hemos sido notificados de ningún fallo. Frente a este tema agotaremos todas las instancias legales necesarias para hacer valer nuestros derechos ante la Constitución de Chile y nos negamos a que nuestro hijo sea vacunado", indicaron los padres, quienes estaban ayer en su domicilio de calle Santa Rosa de la población Schilling junto al lactante de cuatro meses de edad.

Héctor Higueras, padre del niño en cuestión, agregó que "voy a esperar la notificación y los pasos a seguir dispuestos por la Suprema, pero quiero dejar en claro que se han pasado a llevar nuestros derechos como chilenos y demostraremos lo negativo que tienen las vacunas para los niños".

Coqueluche

El fallo tiene rol 36.759-2015 de la Tercera Sala de la Corte Suprema de Santiago, conformada por los ministros Pedro Pierry, María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz, Manuel Antonio Valderrama y el abogado integrante Arturo Prado, que rechazó la apelación de los padres en cuanto a la aplicación de las vacunas.

El dictamen asegura que transcurrió el tiempo para aplicar la inmunización, sin embargo el fallo señala que tras pedir un informe al Hospital San José de Osorno, se indicó que el niño de ahora cinco meses de edad ingresó el lunes 22 de febrero al recinto con el diagnóstico de coqueluche, ya que no se aplicó la inmunización respectiva.

Esta corresponde a una infección aguda, también conocida como "tos convulsa", sumamente contagiosa de las vías respiratorias altas causada por una bacteria.

"Que sin perjuicio de lo anteriormente expuesto y razonado, es necesario tener presente que conforme da cuenta el escrito de fecha 22 de febrero presentado por la directora del Hospital Base de Osorno, el menor ha sido hospitalizado en el Servicio de Pediatría con diagnóstico confirmado de coqueluche, con antecedente de no haber recibido ninguna vacuna, teniendo en consideración que la patología es prevenible con las vacunas obligatorias de dos y cuatro meses", dice textual el fallo.

Agrega que "dado lo informado por el hospital, la Corte a fin de resguardar la vida del amparado, dispondrá que se le apliquen todas las vacunas, que atendida su edad, tengan el carácter de obligatorias".

Este es el mismo caso, causa rol 1375- 2015, en el que la Corte de Apelaciones de Valdivia, con fecha 3 de diciembre de 2015, había ordenado vacunar al recién nacido contra la tuberculosis.

RAZONES médicas

"La Suprema ratifica lo dispuesto por la Corte de Apelaciones de Valdivia, que el menor debía ser vacunado y los padres insistieron que no, por eso apelaron".

Así lo comentó la doctora Verónica Wall, directora del Hospital Base San José, al referirse al fallo del máximo tribunal chileno, señalando que "no es una orden judicial en contra del hospital, sino que está dirigida a los padres. Son ellos los que tienen que llevarlo a vacunar".

Agregó que "nosotros tenemos que supervisar que efectivamente reciba las vacunas. Ahora debemos informar a la Autoridad Sanitaria, ya que en ellos está radicado el plan de vacunación en Chile".

Recordó que el niño tiene que recibir la vacuna de los cuatro meses y después a los seis meses le toca la siguiente. "Como es un fallo, uno puede pedir la fuerza pública y obligarlos, ya que lo que ordena la justicia se tiene que cumplir".

Finalmente remarcó que "el plazo para cumplir el fallo judicial lo tengo que conversar a nivel de jefatura, pero esto tendríamos que resolverlo la próxima semana en vista de la salud del niño".

"Los fallos judiciales hay que cumplirlos. Este tema tendría que quedar resuelto la próxima semana".

Verónica Wall, Directora del Hospital San José

5 meses tiene Mateo, quien deberá ser vacunado por resolución de la Suprema.

7 días de plazo estima prudente la directora del Hospital San José para hacer cumplir el fallo judicial.

AmiChile llamó a la tranquilidad por presencia de Marea Roja al sur de Chiloé

REGIÓN. El cierre preventivo rige desde el sector sur de la isla de Chiloé hasta borde costero de la Provincia de Palena.
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Luego que la Seremi de Salud de Los Lagos decretara el cierre preventivo para extraer de mariscos desde el sur de Chiloé -debido a la presencia de marea roja del tipo paralizante-, la industria mitilicultora espera que el fenómeno no se extienda.

Desde la Seremi de Salud informaron que la presencia de la toxina paralizante sobrepasó los niveles tóxicos con 1100 microgramos, siendo el límite de riesgo para consumo humano de 80 microgramos, lo que gatilló el cierre preventivo.

Por ello anuncian que se fortalecerán los puntos de monitoreo en la zona.

Consultada por El Llanquihue la gerenta general de AmiChile, Yohana González, señaló que "efectivamente la presencia de Marea Roja tiene efectos negativos sobre la producción, ya que no se puede cosechar en sectores afectados y se deben reprogramar las faenas".

La representante de los mitilicultores señala que cuentan con el Programa de Sanidad de Moluscos Bivalvos (PSMB), el cual entrega información permanente sobre la evolución, presencia o ausencia de las toxinas en los choritos.

"Esto nos permite tomar las medidas preventivas necesarias, sobre todo, el no cosechar si hay presencia de toxinas y eso es lo que se ha determinado", afirmó.

EXTENsIÓN

González manifestó que la mayor preocupación es que estos eventos se extiendan a otras zonas mitilicultoras y que la situación se torne más crítica.

"Mucho no se puede hacer más que esperar a que las condiciones mejoren y que los choritos eliminen en forma natural la presencia de toxinas de su organismo", añade.

"Llamamos a la tranquilidad puesto que es normal que en época estival ocurra esta situación", concluyó.