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Libertad de enseñanza y de elección

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Nuestro sistema educacional desde los albores de la República ha consagrado dos principios básicos: la libertad de enseñanza y libertad de elección. El primero se refiere a la posibilidad de que cualquier persona natural o jurídica pueda crear un establecimiento educacional con un proyecto educativo propio, siempre respetando las leyes, normas y el currículo mínimo establecido por el Ministerio de Educación. Así entonces, teniendo el reconocimiento oficial, el sostenedor o dueño de la escuela puede desarrollar su proyecto educativo, sea éste religioso, artístico, deportivo o de cualquier otra naturaleza, como son los basados en metodologías no tradicionales. La libertad de elección, por otra parte, consiste en la facultad de los padres de elegir libremente la escuela donde quiere que sus hijos se eduquen, sin límites geográficos, ni de ninguna naturaleza. Se podrá argumentar que esta libertad está restringida por la capacidad de pago de los padres, pero aun así, dentro de esa capacidad existe total libertad.

Pues bien, ambas libertades están fuertemente amenazadas con la Reforma Educacional. No sólo porque habrán muchos colegios subvencionados que se verán obligados a cerrar, sino que, aún más grave, por las disposiciones de la reforma en cuanto a selección y territorialidad.

En efecto, la reforma establece que, existiendo vacantes en un territorio definido por el Mineduc, no existirá autorización ministerial para crear un nuevo establecimiento de educación. Es decir, si en un territorio específico no existe un colegio religioso -de cualquier confesión- artístico o deportivo; pero entre los colegios establecidos existen más vacantes que las "necesarias", no se podrá establecer un nuevo proyecto educativo. Esto obviamente es un atentado a la libertad de enseñanza. También lo es a la libertad de elección ya que, como el proyecto establece que los niños tendrán que ir a establecimientos dentro de un determinado territorio, los padres que quieran enviar a sus hijos a un colegio religioso no podrán encontrar uno.

Es más, si hay exceso de vacantes en el territorio, pero los buenos colegios no tienen cupos; será un sistema aleatorio el que asignará la vacante entre los establecimientos que sí tienen y que, por definición, son menos demandados. Los padres entonces no podrán elegir dónde llevar a sus hijos y menos, llevarlos a un colegio fuera de su comuna. Se argumentará que tampoco es posible ejercer la total libertad de elección si hay restricciones económicas. Pero eso tiene una solución y bastante menos costosa que la que se propone: subsidiando la educación de acuerdo a las condiciones socioeconómicas de las familias, asegurando así gratuidad total al 70% más pobre.

Víctor García Ossa

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Proyecto para sancionar rayados

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En nuestro país, y particularmente en el seno del Congreso Nacional, la política del castigo, o de las sanciones, parece haberse impuesto entre los legisladores que cada vez con más fuerza impulsan proyectos de ley que resultan más coercitivos que ejemplificadoras para cambiar conductas que resultan, a los ojos de la sociedad, como perjudiciales o dañinas.

La semana recién pasada, un grupo de parlamentarios de Amplitud presentó un proyecto de ley que busca castigar con fuertes multas en dinero o hasta la privación de libertad por causar daños, principalmente por rayados o grafittis, en bienes de uso público, monumentos nacionales o bienes privados, sin el consentimiento de sus propietarios.

Hay consenso que muchos de estos rayados provocan rechazo en la comunidad.

La iniciativa de ley propone pretende tipificar el daño que provocan los rayados o colocación de carteles, sancionando con multas que van desde las 15 a las 20 UTM a quienes ocasionen daños cuyo importe exceda las 40 UTM en el caso de que los afectados sean bienes públicos o privados. También se plantea modificar la Ley 17.288, de Monumentos Nacionales, para incluir penas de hasta 5 años de cárcel y multa de 100 a 200 UTM al causar daños a inmuebles ubicados en sitios declarados patrimonio de la Humanidad por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura.

Los legisladores proponen continuar con la política de las sanciones, pero se olvidan de educar -sobre todo a los infractores jóvenes, que es la mayoría de los casos- sobre la importancia de la valoración y del cuidado del patrimonio, como asimismo no contemplan tampoco la posibilidad de insertarlos en programas de protección del mismo o la aplicación de medidas alternativas al castigo pecuniario o privativo de libertad, como la reposición del daño causado o el cumplimiento de trabajos comunitarios, que en la práctica posibilitan que los tribunales puedan aplicar medidas más ejemplarizadoras y, a la vez, educadoras. Al mismo tiempo, debiera entregársele atribuciones a inspectores municipales para sancionar estas infracciones, evitando recargar única y exclusivamente la labor de las policías.