Empresas demandan al Servicio de Salud por licitación de hospitales
EN RÍO NEGRO Y OCTAY. Las firmas Luis Navarro y Denco iniciaron la acción legal en el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) por desigualdad en pautas de evaluación del proceso.
Dos firmas constructoras interpusieron una demanda en contra del Servicio de Salud de Osorno (SSO) en el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), acusando que las licitaciones de los hospitales de Río Negro y Puerto Octay utilizaron pautas evaluativas que atentaban contra el orden público económico y la libre competencia.
La acción judicial fue presentada en noviembre del año pasado por las firmas Denco y Luis Navarro, con el objetivo de modificar las pautas de calificación contenidas en las bases generales de las licitaciones del Ministerio de Salud (Minsal), que permitan competir en igualdad de condiciones en los procesos.
Los proyectos de mejoramiento de los principales recintos de salud de Río Negro y Puerto Octay estuvieron asociados a cinco procesos de licitación entre 2014 y 2017, donde cuatro resultaron fallidos por no existir empresas interesadas o porque las ofertas económicas estaban por sobre los montos disponibles para concretar las obras esperadas.
En el caso del proceso realizado el año pasado, las propuestas fueron adjudicadas con valores superiores a los $5 mil millones. Sin embargo, a principios de este mes el SSO optó por concluir anticipadamente el contrato con la empresa Titanium Chile S.A., que realizaba las obras del Hospital de Río Negro a sólo meses de comenzar los trabajos.
Libre competencia
El abogado que representa a las dos firmas, Mauricio Zúñiga, explicó que inicialmente, durante el proceso, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) había dictado la paralización de la licitación de ambos recintos, lo que fue levantado y permitió su posterior adjudicación.
"Eso no significa que el proceso no continúe y que el tribunal dicte una sentencia. Mis representados no participaron en los procesos, ya que desean competir en igualdad de condiciones. De eso se trata la Ley de Libre Competencia", dijo el profesional.
Detalló que la demanda precisa que las faltas que atentan a la libre competencia son el uso de pautas evaluativas escalonadas para medir la experiencia y el capital.
De hecho, el documento precisa textual: "lo importante deriva en que las empresas cumplen o no cumplen con la experiencia para y no se pondera si una vez cumplido el requisito, se tiene más o menos experiencia. Esto es objetivo, justo, adecuado y permite la libre competencia".
"La resolución 136 que contiene la pauta evaluativa es utilizada a nivel país. El SSO hizo modificaciones menores y presentamos la causa contra el Servicio de Salud en particular porque ellos lideraban las licitaciones. Lo que buscamos es que se dicten instrucciones al Servicio de Salud de Osorno y Ministerio de Salud (Minsal) para que las pautas evaluativas aseguren la libre competencia, con el fin de que todas las empresas puedan participar en igualdad de condiciones", precisó el abogado.
Otro punto que también es abordado en la demanda, es el riesgo de colusión y donde el texto judicial precisa: "existen 'vientos de colusión' cuando hay un número pequeño de empresas; cuando la barrera de entrada es tan alta que hay nulo ingreso de otras empresas; cuando las condiciones de mercado son estables; o licitaciones repetidas".
Defensa del sso
Gonzalo Arroyo, jefe del Departamento Jurídico del Servicio de Salud de Osorno, explicó que la defensa en Santiago está a cargo del estudio jurídico López Escobar del Río, quienes permanentemente informan sobre los trámites realizados y el avance de la causa.
"El proceso está avanzando y falta que el Tribunal cite para la sentencia. Tengo la apreciación de que las acciones van bien encaminadas a favor nuestro. Hemos realizado diversas acciones, entre ellas pedimos una serie de oficios de distintos órganos públicos para reunir la mayor cantidad de antecedentes, con tal de que el TDLC tenga todos los insumos. Vamos a demostrar que el actuar del SSO en su momento, cuando licitó y adjudicó, no afectó ni el orden económico, ni la libre competencia", enfatizó el profesional.
Señaló que las empresas tienen la libertad y el derecho de recurrir a los tribunales y organismos que estimen convenientes, y que el SSO acatará lo que el TDLC dictamine.
"Demostraremos que el actuar del SSO en su momento, cuando licitó y adjudicó, no afectó ni el orden económico, ni la libre competencia".
Gonzalo Arroyo, Jefe jurídico del Servicio de Salud de Osorno"