Para nadie es un misterio que el proyecto de elección de gobernadores regionales genera opiniones divididas. Y si bien en público una gran mayoría se muestra a favor de la regionalización, al entrar en detalles la iniciativa provoca cuestionamientos que, sin embargo, no se ajustan del todo a la realidad. Conviene revisar algunos de los mitos que rodean a este emblemático proyecto.
Se dice que la sola elección del gobernador regional no constituye ningún avance para la descentralización. Falso. La elección permitirá una mayor distribución del poder y, por tanto, mayor descentralización.
Se dice que las atribuciones de los nuevos gobernadores regionales se desconocen. Falso. Las atribuciones ya existen. Son las que corresponden a los gobiernos regionales que se constituyeron hace más de 20 años. El proyecto propone aumentar las facultades. Algunas ya están aprobadas.
Se dice que no se sabe con qué recursos contarán los gobernadores regionales. Falso. Hoy las leyes de presupuesto asignan un monto a cada gobierno regional. Son montos importantes, superan a la enorme mayoría de los municipios y en algunos casos, son mayores al presupuesto de ciertos ministerios. Lo que falta es una ley de rentas regionales que fije impuestos de beneficio regional u otros ingresos autónomos.
Se dice que el delegado regional presidencial tendrá más poder que el gobernador regional. Falso. El poder del gobernador regional será esencialmente político; tendrá legitimidad y poder propio, además poseerá libertad y autonomía para pronunciarse sobre cualquier tema, pues prácticamente todo cabe dentro del desarrollo regional, con excepción del orden público.
El delegado presidencial, en cambio, dependerá del poder del Ejecutivo, podrá ser removido en cualquier momento y no tendrá autonomía. Su poder será menos político y más administrativo. Casi todas las decisiones deberá compartirlas con un ministro.
Se dice que la transferencia de competencias no es real porque depende de la voluntad del Presidente de la República. Esto es así por el ordenamiento constitucional actual. Si la transferencia se hiciera por ley, esta sería siempre de iniciativa exclusiva del Presidente. Si se hacen por decreto, con mayor razón serán de iniciativa del Ejecutivo.
Lo novedoso del proyecto de ley es que regula una solicitud de atribuciones que surja desde el gobierno regional. Crea una fórmula que permitirá canalizar los intereses de los gobiernos regionales, que podrán ser diversos y algunos fundados y otros no. Lo importante es que la negativa de la autoridad central deberá también ser fundada, de otra manera no se sostendrá políticamente.
Rabindranath Quinteros Lara, senador por Los Lagos