Planificación urbana de Entre Lagos
"El planificador no entendió ni dio cabida al desarrollo del evidente destino turístico de la villa"
Se puede definir la villa de Entre Lagos como una estructura urbana contenida por el borde lago y tensionada por dos vías; la primera es la Ruta 215 con la conexión internacional que recientemente superó el millón de pasadas, y la segunda por el eje trazado por un desaparecido ramal de ferrocarril que hoy se integra al proyecto de conexión denominado Red Interlagos, que tiene como objetivo generar un conjunto de rutas eminentemente turísticas que conecten a las regiones de La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos, dando acceso a amplias zonas de parques, lagos, volcanes y termas de la zona precordillerana.
Estos elementos son el resultado de una secuencia histórica en la que se pueden reconocer claramente tres instancias, dos pasadas y una presente; a saber, la del villorrio original en calidad de puerto lacustre maderero, luego, hasta principios del siglo XX, la de su desarrollo como centro maderero consolidado por la presencia del ferrocarril, y la del presente con la ruta internacional 215 y la intersección de esta con la Ruta Interlagos desde la T-981-U y su prolongación por la U-51.
El resultado final es que la villa de Entre Lagos queda hoy en la privilegiada posición de esquina entre dos rutas de indiscutible vocación turística.
Se entiende el turismo de paso como una etapa previa al turismo de destino final; dado que los servicios relacionados al turismo están indisolublemente ligados a las vías y la comunicación que estas generan, el turismo es desde el tránsito, es desde el movimiento; y los servicios se darán en cada oportunidad de pausa que pueda ser asociada al flujo.
Es aquí donde la planificación urbana que propone el nuevo plano regulador de Entre Lagos genera una profunda contradicción con el declarado destino turístico de la villa, ya que este instrumento establece una franja de 3 kilómetros de largo por 100 metros de ancho al sur de la Ruta 215 y la define como zona ZEAP1, o zona de equipamiento y actividades productivas que específicamente prohíbe el uso residencial; uso que incluye vivienda y hospedaje.
En resumen, a lo largo de todo el frente sur de la Ruta 215, en el tramo urbano de Entre Lagos, no se podrá autorizar la construcción de hoteles, moteles, hostales, o cualquier tipo de construcción relativa al uso residencial. Definitivamente el planificador no entendió ni dio cabida al desarrollo del evidente destino turístico de la villa.
Andrés Angulo, académico del Departamento
de Arquitectura y Diseño de la ULagos